Formación Bonificada

27/01/2015

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Quesada Pastor Formación
Formación Bonificada Q&P Consultores

 

FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA PARA TRABAJADORES

(FORMACIÓN SUBVENCIONADA)

 

Todas las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores a través del pago de los seguros sociales. Estos créditos de bonificación son anuales, es decir, se tienen que consumir dentro de un  mismo año, porque no se pueden sumar a los del año siguiente. Si no se invierten en formación se pierden.

Quesada & Pastor Consultores S.L. ofrece un listado de cursos de formación online (E – LEARNING) a través de la Fundación Tripartita, para que así sean bonificables y gratuitos.

Desde la propia entidad nos encargamos de realizar  todos los trámites necesarios ante la Fundación Tripartita para gestionar la bonificación económica de la formación de sus trabajadores de forma totalmente gratuita.
Las empresas que cotizan por la contingencia de Formación Profesional dispondrán de un Crédito anual para Formación Continua, que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior, el porcentaje de Bonificación que se establezca en la Ley anual de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de las empresas. Dicho crédito será 100% deducible de los boletines de cotización de la Seguridad Social, por lo que los cursos se bonificarán a su finalización. (R.D. 395/2007, de 23 de Marzo).

¿Qué cantidad le corresponde a su empresa?
Para saber qué cuantía de subvención tiene su empresa  rellene el formulario adjunto y en 24 horas le informaremos, sin ningún compromiso por su parte, de la cantidad que le corresponde a su empresa.
A partir de ahora, su empresa dispone de una bonificación anual para la formación de sus trabajadores, que se puede hacer efectiva descontándola de la cuota de la Seguridad Social del mes siguiente de realizado la formación.

Si utiliza el dinero que su empresa tiene asignado para invertir en formación (crédito formativo), no sólo se beneficiará a COSTE CERO de la formación recibida, sino que además obtendrá beneficios fiscales. Tenga en cuenta que los gastos en formación no sólo son deducibles al 100% en las cuotas de la SS (cuantía limitada en función del tamaño de la empresa) sino que además:
“Los gastos de formación del personal, dan derecho a una deducción en la cuota de los impuestos sobre la renta y sociedades del 5% sobre ese impuesto (Art. 26.4 Ley 61/1978 según modificación introducida por el Art. 74 Ley de Presupuestos para 1995 y Art. 78.5 Ley 18/1991)”.

Recuerde que esto no supone ningún tipo de coste económico ni carga administrativa para su empresa, ya que Quesada & Pastor Consultores S.L. se ocupa de realizar todas las gestiones con la Fundación Tripartita.

Cuestionario Bonificación Empresa

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